
La formación programada por las empresas ayuda a las empresas a incrementar su competitividad y productividad, desarrollando las competencias y cualificaciones profefionales de sus asalariados.
Para ello, disponen de una ayuda económica que se hace efectiva mediante bonificaciones en las cotizaciones a las Seguridad Social.
¿Cómo calcular el crédito anual de formación?
El crédito del cual dispone la empresa se calculará a partir de la plantilla media durante el año anterior y la cuantía ingresada en concepto de cuota de formación profesional en dicho ejercicio:
Las empresas de 1 a 5 trabajadores
Dispondrán de un crédito mínimo de 420 € anuales.
Las empresas con una plantilla superior
- Se calculará la cuota de formación profesional sumando las casillas 501 de todos los TC1 del año anterior.
- A esa cantidad, se aplicará un 0,7 %.
- Sobre el importe obtenido, se aplicarán los siguientes porcentajes en función de la plantilla de la empresa:
Plantilla de 6 a 9 trabajadores 100%
Plantilla de 10 a 49 trabajadores 75%
Plantilla de 50 a 249 trabajadores 60%
La cantidad resultante será el crédito disponible para el año en curso.
¿Cómo solicitar formación programada?
1- Envíenos el anexo cumplimentado y le informaremos del crédito de la empresa.
(No compromete a hacer formación con el centro agrupado y es compatible con agrupaciones con otros centros).
Descargar: Anexo de adhesión
2- Le comunicaremos, una vez confirmado con la fundación tripartita, el crédito disponible.
3- Seleccione los cursos y háganos llegar la hoja de matrícula.
Descargar: Hoja de matrícula
Puede enviarnos la documentación a través del mismo formulario, por correo electrónico a didactic@didacticformación.com o por fax al 937 220 509.
Importante:
Para poder bonificar la formación, la empresa debe hallarse al corriente de pago frente Agencia Tributaria y Seguridad Social.
Si la empresa tuviera representación legal de los trabajadores ha de informar al comité de empresa sobre las acciones formativas. Solicítenos la documentación si fuera el caso.
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