29 de junio de 2015
El pasado sábado 27 de junio se publicó en el BOE la Orden ESS/1249/2015, de 19 de junio, por la que se amplía el plazo previsto en la disposición transitoria octava de la Ley 3/2012.
Se podrán formalizar contratos para la formación y el aprendizaje hasta el 31 de diciembre de 2015 en los supuestos en que no exista título de formación profesional o certificado de profesionalidad relacionados con el trabajo efectivo a realizar, o centros formativos disponibles para su impartición.
La actividad formativa inherente a estos contratos podrá seguir siendo impartida por centros acreditados por el SEPE en la modalidad a distancia utilizando el Anexo II tal y como se está haciendo actualmente.
Esta ampliación de plazo es debida al complejo proceso de adecuación de la oferta formativa, especialmente por lo que se refiere a la modalidad de la formación online y el establecimiento de los soportes técnicos necesarios para su impartición.